Fernando García · CASA DE REMATES

Miércoles 9 de Diciembre de 2020 • 14:30 horas

Oportunidad Remate Judicial!

Muy Buena Casa de época Padrón Nº 9834 Manzana N° 37
ubicada en las calles 18 de Julio esquina Treinta y Tres
con una superficie de terreno 422 metros
superficie construida 110 metros2!

Presencial en Centro Español de Maldonado,
Calle 18 de Julio esq. Arturo Santana – Maldonado

El remate se realizará en forma presencial y para el normal desarrollo se aplicara el protocolo de seguridad sanitaria dispuesto por el M.S.P.
El uso de tapabocas y distancia social es obligatori0.

Edicto:

Por disposición del Sr/a. Juez Letrado de Maldonado de 6° Turno, dictada en autos: "REYES, PEDRO C/ EL MÁSTIL S.A. Y OTRO EJECUCIÓN HIPOTECARIA" IUE 290-66/2019, se hace saber que el próximo Miércoles 9 de diciembre de 2020, desde las 14:30 hs en el Centro Español de la ciudad de Maldonado, por intermedio del martillero Fernando García García, matrícula 4475, Rut 212104470018, en acto presidido por el OFICIAL ALGUACIL del Juzgado, se procederá al Remate en Pública Subasta, en dólares estadounidenses, SIN BASE Y AL MEJOR POSTOR, el siguiente bien inmueble: Solar de terreno con construcciones, sito en la primera sección judicial de Maldonado, localidad catastral de Maldonado, empadronado con el N° 9834, antes padrón en mayor área 212, manzana catastral 37, señalado con la letra A en el plano del Agrimensor Juan A. Gonzalez Uslenghi, de Agosto de 1963, inscripto en la Oficina Departamental de Maldonado con el N° 3438 el 30 de Marzo de 1964, según el cual consta de una superficie de 422 metros, 24 decímetros y se deslinda así: 18 metros 94 centímetros frente al Sur a la calle Treinta y Tres; 22 metros 20 centímetros al Oeste también de frente por ser esquina a la calle 18 de Julio; 19 metros 4 centímetros al Norte, lindando con parte del padrón 1621 y 22 metros 27 centímetros al Este, lindando con la fracción B. Se Previene:1) Que el mejor postor en el acto de serle aceptada la postura deberá consignar en carácter de seña el 20% de su oferta a cuenta del precio final así como también la comisión de venta del rematador más impuestos o sea el 3.66% del precio del remate, en el acto y en dólares estadounidenses y si el precio total de lo rematado superase el límite de restricción legal para pagos en efectivo (1.000.000 UI), se hará efectivo mediante letra de cambio o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto en el art 35 de la Ley 19.210 en la redacción por el art. 221 de la Ley N° 19.989 debiendo el mejor postor al momento de realizar la transferencia electrónica de la subasta tomar los recaudos necesarios ante la sucursal de su banco a efectos de tener disponibles los montos necesarios.2) Que serán de cargo del comprador los gastos de tributos, escrituración, honorarios del escribano, certificados y demás que la ley pone de su cargo.3) Que será de cargo del expediente la comisión de venta del rematador más impuestos o sea el 1.22% del precio del remate y el 1% del impuesto a la I.D.M. 4) Que podrán deducirse del saldo de precio los gastos que correspondan por Contribución Inmobiliaria e Impuesto a Primaria, únicos rubros imputables al precio del Remate requiriendo para cualquier otra imputación autorización Judicial. 5) Que el mejor postor deberá depositar el saldo correspondiente en un plazo de 20 días corridos contados a partir del día hábil siguiente al de la notificación del auto aprobatorio del remate, la que no se interrumpirá por las ferias judiciales, ni por la semana de turismo. 6) La documentación y el estudio de la misma se encuentra a disposición de los interesados en la Sede del Juzgado en las condiciones que surgen del expediente. Se desconoce el estado de ocupación del bien.7) El remate se hará respetando las medidas sanitarias establecidas por el Protocolo sanitario del M.S.P. por COVID 19 y asimismo todas las que el/ la Sr/Sra. Alguacil estime del caso, facultándosela a tales efectos, como ser el registro de concurrentes por eventuales circunstancias que pudieran suscitarse a efectos de la salvaguardia de la trazabilidad en el seguimiento de la pandemia, el uso obligatorio de tapabocas y el mantenimiento de distancia física sostenida de 2 metros.-Y a los efectos legales se hace una publicación en el Diario Oficial y en el Diario Local.
Maldonado, 24 de noviembre de 2020.
MARÍA LUCIANNE YONA PEREIRA, Actuario Adjunto.


Imágenes ilustrativas


Antecedentes Juzgado LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA DE 6to TURNO DE MALDONADO – IUE 290- 66/2019.

Seña 20 % - Comisión e impuestos 3.66 % en U$S en el acto mediante letra de cambio, cheque certificado no a la orden o transferencia electrónica de una entidad bancaria de plaza, cumpliendo así con lo dispuesto por las leyes 19.210 y 19.478 y sus decretos reglamentarios.

Martillero: Fernando García García Mat. 4475

Informes: 4224 4868 / 099 885 313
E-mail: fernando@fernandogarcia.com.uy

Todas aquellas preguntas o dudas que correspondan a la situación jurídico-notarial deberán ser consultadas en el expediente y aclaradas por su profesional de confianza antes del día del remate y las deudas que del bien a subastar pudiesen existir solo se dan a título informativo, es también responsabilidad de los interesados hacer las consultas directamente en los organismos respectivos.
El protocolo sanitario a utilizar en el remate se ajustara a lo indicado por el M.S.P y todas las medidas extras que el Oficial Alguacil de la Sede estime necesarias.

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